Curso 2020-2021
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porarse a las clases hasta que dicha falta no sea
puesta en conocimiento de sus padres. La no justifi-
cación de las faltas de acuerdo con el anterior criterio
será sancionada con asistencia a estudio el sábado
de 9.00 a 13.30 horas o viernes tarde.
En el supuesto de que sus padres no tuviesen cono-
cimiento de la falta o no existiese una causa razona-
ble para dicha ausencia se considerará falta grave y
como tal será sancionada.
La Jefatura de Estudios junto con el Equipo de Tutores
valorarán las causas de las faltas y determinarán el
carácter de justificada o no. El enterado o la autori-
zación de los padres no implica necesariamente la
justificación de la misma.
3.5
Los alumnos que por diversos motivos fueran
sancionados con la permanencia en el Centro en
sesiones extraordinarias de estudios (viernes y sábado)
deben cumplir inexcusablemente su asistencia. De no
existir una causa de fuerza mayor que justifique la
ausencia, se considerará falta grave y como tal será
sancionada.
3.6.
La reincidencia de las faltas de asistencia no
justificadas podrá suponer, además de la sanción
correspondiente, la exclusión de matrícula para el
curso siguiente
3.7.
La ausencia a clase, sin la consideración de
justificada por par te de la Jefatura de Estudios y
Equipo de Tutores, en días en los que haya progra-
mada alguna prueba, supondrá la pérdida de derecho
a realizar dicha prueba.
4) SOBRE LOS PERMISOS PARA ABANDONAR EL CENTRO
4.1.
Ningún alumno podrá abandonar el Centro sin
el doble permiso de sus padres y del Jefe de Estudios
o persona delegada.
4.2.
Los permisos ordinarios por motivos personales
o familiares, deberán ser solicitados por los padres,
mediante escrito personal a la Jefatura de estudios.
4.3.
Aquellos permisos solicitados de modo impre-
visto, sin previa notificación, sólo serán concedidos
por la Jefatura de Estudios, previa llamada a casa y
autorización de los padres.
“
Normativa de
convivencia
”