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Curso 2020-2021

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porarse a las clases hasta que dicha falta no sea

puesta en conocimiento de sus padres. La no justifi-

cación de las faltas de acuerdo con el anterior criterio

será sancionada con asistencia a estudio el sábado

de 9.00 a 13.30 horas o viernes tarde.

En el supuesto de que sus padres no tuviesen cono-

cimiento de la falta o no existiese una causa razona-

ble para dicha ausencia se considerará falta grave y

como tal será sancionada.

La Jefatura de Estudios junto con el Equipo de Tutores

valorarán las causas de las faltas y determinarán el

carácter de justificada o no. El enterado o la autori-

zación de los padres no implica necesariamente la

justificación de la misma.

3.5

Los alumnos que por diversos motivos fueran

sancionados con la permanencia en el Centro en

sesiones extraordinarias de estudios (viernes y sábado)

deben cumplir inexcusablemente su asistencia. De no

existir una causa de fuerza mayor que justifique la

ausencia, se considerará falta grave y como tal será

sancionada.

3.6.

La reincidencia de las faltas de asistencia no

justificadas podrá suponer, además de la sanción

correspondiente, la exclusión de matrícula para el

curso siguiente

3.7.

La ausencia a clase, sin la consideración de

justificada por par te de la Jefatura de Estudios y

Equipo de Tutores, en días en los que haya progra-

mada alguna prueba, supondrá la pérdida de derecho

a realizar dicha prueba.

4) SOBRE LOS PERMISOS PARA ABANDONAR EL CENTRO

4.1.

Ningún alumno podrá abandonar el Centro sin

el doble permiso de sus padres y del Jefe de Estudios

o persona delegada.

4.2.

Los permisos ordinarios por motivos personales

o familiares, deberán ser solicitados por los padres,

mediante escrito personal a la Jefatura de estudios.

4.3.

Aquellos permisos solicitados de modo impre-

visto, sin previa notificación, sólo serán concedidos

por la Jefatura de Estudios, previa llamada a casa y

autorización de los padres.

Normativa de

convivencia