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Curso 2020-2021

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o notificaciones dirigidas a los responsables acadé-

micos de los alumnos.

La falsificación o distorsión de informaciones dadas.

El deterioro intencionado del material e instalacio-

nes del Centro.

Las faltas al Centro injustificadas.

La actitud negativa y reiterada ante los avisos y

correcciones y el incumplimiento de las sanciones.

La conducta seriamente nociva para compañeros

y para el grupo.

El consumo de tabaco en cualquier zona del Colegio.

c) Son Faltas Muy Graves todas aquellas que supon-

gan una trasgresión de las obligaciones personales

que implique una especial peligrosidad o seria

per turbación en el funcionamiento del Centro, y se

aprecie en ellas actitud negativa o intencionalidad en

su realización. Pueden considerarse, como tales, las

siguientes:

Las reiteradas faltas graves tras haber sido

sancionado y comunicada su actitud a los responsa-

bles académicos, bien en tutoría, bien por escrito.

La apropiación indebida de objetos ajenos.

La falta de respeto hacia cualquier persona, que

entrañe una notoria vejación de las mismas.

La injuria o calumnia hacia los profesores, alumnos

o personas del Centro o relacionadas con él.

El deterioro intencionado del material o instalacio-

nes del Centro cuando éste revista especial gravedad.

El uso de bebidas alcohólicas u otros productos

tóxicos, será sancionado, sin otra alternativa posible,

con la expulsión inmediata y definitiva del Centro.

La agresión física a cualquier miembro de la

Comunidad Educativa.

La realización de actos o manifestaciones que

redunden en grave desprestigio del Centro.

La inducción a la indisciplina colectiva o la comisión

de faltas graves que deterioren el normal desarrollo

de la convivencia.

7) PROCEDIMIENTO A SEGUIR ANTE EL INCUMPLI-

MIENTO DE ESTAS NORMAS DE CONVIVENCIA.

7.1.

El personal del Centro comunicará, mediante los

partes de convivencia dirigidos al Jefe de Estudios,

la falta observada.

7.2.

El Jefe de Estudios y Profesores-Tutores anali-

Normativa de

convivencia